Provee la asistencia médica fundamental, puesta efectivamente al alcance de todos los beneficiarios y su grupo familiar de la Obra Social del Personal Ladrillero de la República Argentina, estimulando la participación de las mismas, acentuando la prevención de la enfermedad y la promoción y educación para la Salud.
- a) Programa de Control de la Persona Sana. Consiste en la realización de controles periódicos de la persona sana tendientes a la detección temprana de enfermedades de diversa naturaleza según la edad y sexo del afiliado y los antecedentes presentes en el grupo familiar o el ámbito laboral.
- b) Programa de prevención y promoción general. La Obra Social desarrolla, en base al conocimiento epidemiológico particular de la población afiliada, programas específicos de prevención orientados a las patologías prevalentes (más comunes). Para ello es imprescindible contar con la adhesión y colaboración de todos los beneficiarios.
- c) Plan Materno Infantil. El PMI consiste en un paquete de prestaciones básicas orientadas a mujeres embarazadas y niños de 0 a 12 meses cumplidos.
El PMI provee la cobertura de la madre durante el embarazo y el parto a partir del momento del diagnóstico y hasta el primer mes luego del nacimiento y la atención al recién nacido hasta cumplir un año de edad. La cobertura corresponde al 100% de prestaciones prácticas, internación y atención ambulatoria, no debiendo el beneficiario abonar pagos de coseguros para las atenciones y medicaciones específicas. Esta cobertura comprende para la gestante: consultas, estudio de diagnóstico psicoprofilaxis obstétrico y medicamentos.
Para la atención de los niños y niñas, comprende la obligatoriedad en la realización de los estudios para detección de la fenilcetonuria, hipotiroidismo congénito, enfermedad fibroquística en el RN, galactosemia, hiperplasia suprarrenal congénita, deficiencia de biotenasa, retinopatía del prematuro, chagas, sífilis (Ley Nº26279) seguimiento y control de crecimiento, inmunizaciones del período y medicación requerida para el primer año.
Además, podrá contar con cobertura de 100% en provisión de leches medicamentosas en aquellos casos justificados mediante pedido médico (Ley 27305).
Libre elección de un obstetra de la red a partir del primer trimestre de embarazo.
Libre elección de médico pediatra.
Cobertura 100% en la realización de Otoemisiones acústicas, diagnóstico por imágenes de cadera y examen oftalmológico del recién nacido y/ o durante el primer año de vida. Cobertura del 100% a cargo de la Obra Social, inmunizaciones correspondientes al primer año de vida, de acuerdo a calendario oficial de vacunación, autorizado por el Ministerio de Salud de la Nación.
- d) Programas de enfermedades oncológicas, cardiovasculares y otras.
1 –Programa de prevención del cáncer de cuello uterino. Consiste en la realización de Papanicolaou y Colposcopía periódicamente a toda mujer haya iniciado su vida sexual o mayor de 18 años una vez por año independientemente del resultado del mismo. PAP-Examen que permite detectar células anormales o lesiones en el cuello del útero- Es una prueba sencilla que no produce dolor y dura solo unos minutos. Se ha comprobado que puede reducir en un 80% la incidencia y mortalidad por esta enfermedad.
Se recomienda que todas las mujeres desde que comienzan su vida sexual, los intervalos de realización serán evaluados por el profesional interviniente- Cobertura 100%. En el año 2011, Argentina incorporó la vacuna de HPV de manera gratuita y obligatoria para todas las niñas a partir de los 11 años de edad-Cobertura 100%.
2 –Programa de prevención del cáncer de mama.
Promover los controles y chequeos ginecológicos- La detección precoz es la mejor prevención para este tipo de cáncer.
Desarrollar chequeo ginecológico, detección mamográfica y autoexamen mamario. Cobertura de mamografía anual a partir de los 35 años de edad independiente al resultado de la misma.
3 -Programa de prevención del cáncer de próstata. Determinación de PSA indicado por médico de cabecera.
4 -Programa de prevención del cáncer de colon. Examen de detección de sangre oculta en materia fecal.
5 -Programas de prevención en patologías cardiovasculares, hipertensión arterial, diabetes, TBC.
- -Programa de detección y control de la enfermedad celíaca.
Enfermedad celíaca Cumpliendo de lo establecido en Ley Nº27196 (actualización de Ley Nº26588/11, Resolución Nº102/11-MS y Resolución 1408-E/2017) vinculado a la atención médica y requerimientos asistenciales del beneficiario de la OSPL, como así también la pesquisa a través del marcador sérico IgA para la detección de la enfermedad celíaca y biopsia de duodeno proximal para el diagnóstico de la misma.
- -Obesidad (Ley Nº26396/08 y Res. Nº742/09 – MS).
Jurisdicción Nacional- La Obra Social del personal ladrillero incorpora la Ley Nº26396/08 Prevención y control de los trastornos alimentarios. Obesidad, bulimia y anorexia nerviosa, como así también lo establecido en el Decreto N1742/2009-PMO. Prestaciones básicas esenciales para la cobertura de la obesidad en pacientes.